
La NOM-187 para masas, tortillas, tostadas y harinas preparadas establece las especificaciones sanitarias y la información comercial necesaria para su correcto etiquetado, garantizando la protección y seguridad del consumidor
Esta Norma Oficial Mexicana establece las disposiciones para garantizar información precisa y eficaz al consumidor, definiendo la clasificación, ingredientes y especificaciones que deben cumplir los productos derivados del maíz de esta NOM.

La NOM-187-SSA1/SCFI-2002 establece los requisitos sanitarios y comerciales para masas, tortillas y tostadas en México, garantizando la seguridad alimentaria y la correcta información al consumidor, regulando la calidad e inocuidad de estos productos básicos.
La NOM-187-SSA1/SCFI-2002 establece las especificaciones sanitarias, información comercial y métodos de prueba para la masa, tortillas, tostadas, y las harinas preparadas, así como para los establecimientos que las procesan. Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de agosto de 2003 y entró en vigor el 14 de febrero de 2004.
La presente Norma Oficial Mexicana no es aplicable a lo siguiente:
Producto elaborado con masa que puede ser mezclada con ingredientes opcionales, sometida a cocción.
Producto elaborado a partir de tortilla o masa, mezclada con ingredientes y sometida a procesos como horneado, freído o deshidratado, para obtener una textura rígida y crujiente.
Maíz que ha sido sometido a una cocción parcial con agua en presencia de hidróxido de calcio (cal, óxido de calcio).
Producto obtenido de la molienda húmeda de granos de maíz nixtamalizado o de la mezcla de harina de maíz nixtamalizado, harina de trigo, harinas integrales, y agua.
Producto resultante de la mezcla de harina de trigo, maíz nixtamalizado u otros cereales, con ingredientes opcionales y aditivos.
Las etiquetas deben ofrecer información clara sobre el contenido, origen y características del producto en español, con opción de incluir otros idiomas.

Denominación genérica y describirse de forma que no induzca a error al consumidor
Declarado en unidades del Sistema General de Unidades de Medida
Leyendas como "Hecho en…" o "Producto de…" para identificar el país de fabricación.
Nombre, razón social y domicilio del fabricante o importador.
Deben listarse en orden y encabezarse con "Ingredientes"

Instrucciones de uso
Deben incluirse si el envase lo requiere, además de las condiciones de conservación
Fecha de caducidad
Debe ser clara e inalterable, incluyendo la leyenda "Fecha de caducidad" o similar.
Los productos deben estar envasados en materiales inocuos y resistentes que no alteren sus características.
Este etiquetado garantiza la seguridad del consumidor y la transparencia en la información de los productos.
Contáctanos, nosotros te apoyamos en cada paso que debes realizar para cumplir conforme lo establecido de manera nacional en materia de comercial dentro de la industria.
Esta norma se complementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas.
NOM-030-SCFI-1993, Información comercial - Declaración de cantidad en la etiqueta - Especificaciones.
NOM-040-SSA1-1993, Bienes y servicios. Sal yodada y sal yodada fluorurada. Especificaciones sanitarias.
NOM-050-SCFI-1994, Información comercial. Disposiciones generales para productos.
NOM-086-SSA1-1994, Bienes y servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones en su composición. Especificaciones nutricionales.
NOM-110-SSA1-1994, Bienes y servicios. Preparación y dilución de muestras de alimentos para su análisis microbiológico.
NOM-113-SSA1-1994, Bienes y servicios. Método para la cuenta de microorganismos coliformes totales en placa.
NOM-117-SSA1-1994, Bienes y servicios. Método de prueba para la determinación de cadmio, arsénico, plomo, estaño, cobre, fierro, zinc y mercurio en alimentos, agua potable y agua purificada por espectrometría de absorción atómica.
NOM-120-SSA1-1994, Bienes y servicios. Prácticas de higiene y sanidad en la elaboración de alimentos y bebidas no alcohólicas y alcohólicas.
NOM-127-SSA1-1994, Salud ambiental, agua para uso y consumo humano - Límites permisibles de calidad y tratamientos a que debe someterse el agua para su potabilización
NOM-147-SSA1-1996, Bienes y servicios. Cereales y sus productos. Harinas de cereales, sémolas o sémolas. Alimentos a base de cereales, de semillas comestibles, harinas, sémolas o sus mezclas. Productos de panificación. Disposiciones y especificaciones sanitarias y nutricionales.
NOM-188-SSA1-2002, Productos y servicios. Control de aflatoxinas en cereales para consumo humano y animal. Especificaciones sanitarias.Quiero etiquetar en México
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